Pregunta de Manu sobre Civil en Madrid
Respuestas de abogados especializados
Estimado Manu;
Efectivamente la doctrina se puede aplicar mediante la clausula rebus sic stantibus o pacta sunt servanda reflejado entrer otros en los arts. 1091 1256 Cc,en los que no sólo obliga al cumplimiento, pero éste principio tiene sus limitaciones en caso de fuerza amyor cómo es el caso, en éste casoo cesa la posibilidad de recalamación por daños y perjuicios(art. 1105 y puede extinguirse la obligación del asunto debido sin culpa del deudor(art. 1182 Cc) o de la imposibilidad de la obligación de hacer(art. 1184 Cc)
En cualquier caso en situaciones de crisis severa o de fuerza mayor cómo es el caso, siempre cabe la posibilidad de prorrogar los plazos para dar cumplimiento.
Piense que en éstos casos no se puede dar resolucion al contrato sinalagmático al amparo del artc. 1124Cc, ni a la exigencia de daños y perjuicios(art.1105Cc).
Debe buscar solución amistosa hasta que finalice el estado de alarma.
Si lo desea,podemos ejercitar una acción de mediación entre sus inquilinos y usted.
Esperamos le ahya sido de utilidad la información recibida.
Reciba saludos cordiales.
Buenos dias Manu
La clausula Rebus sic stantibus es un principio en el derecho, se traduce como "Estando asi las cosas" y hace referencia a las situaciones de extrema necesidad de un evento imprevisible y que no podiamos contar con ello. En mi opinión no es el momento de resolver nada y yo esperaria porque la incertidumbre que nos viene encima sería perjudicial. Yo esperaría por lo menos en uno o dos meses tras el estado de alarma para evaluar con exactitud como queda la cosa.
De todas formas no existe ninguna norma o disposición que permita a sus arrendatarios a dejar de pagar el alquiler por lo que EN NINGUN CASO lo que estan haciendo estan amparados por la ley.
Yo llegaria a una acuerdo prorrateando los alquileres pendientes en meses posteriores y cuando esto acabe tomar medidas en caso de incumplimiento o que no se pueda sostener el contrato.
Cualquier duda no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Civil
Preguntas relacionadas
- Hola, me gustaría conocer mis derechos y obligaciones como propietario de una parte de una vivienda, así como la posibilidad de venderla. gracias
- Buenas tardes. Actualmente mantenemos alquilada la vivienda en la que nací y me crié hace 40 años pagando una cuota de renta antigua bajo un contrato verbal entre la propietaria y mis padres. Dicha propietaria falleció hace algunos años y desde entonces hemos seguido haciendo el ingreso del alquiler en la cuenta de su heredero (hijo). Hace un mes el propietario actual nos ha sugerido legalizar la situación y adaptar el alquiler a la situación del mercado actual. Cabe destacar que actualmente solo vamos a esa casa de forma ocasional. Estamos obligados a regularizar la situación y pagar más por dicho alquiler? Gracias.
- Hola, No quiero renovar el contrato a mi inquilino. Teniendo en cuenta que mi objetivo es que se vaya en cuanto finalice, y que sé que él no se quiere ir, ¿cuándo y cómo es la mejor manera de comunicarlo? Gracias
- Hola, si firmo una declaración sobre algo que se de una persona en un litigio entre esa persona y otra presentan ese documento como prueba, pueden llamarme a declarar en el juicio? Tendrá acceso a ese documento la persona a la que hace referencia dicho documento? Muchas gracias por su atención.
- Se trata de un caso de entrega de in iPhone8 que estaba contratado con Vodafone en un trámite de retro portabilidad el día 8 de Octubre 2018. El día 17 de Octubre, un mensaje de Correos Expres me comunica la entrega del terminal. Yo me encuentro en ese día en Italia en viaje de trabajo. Correos Exprés confirma que ha entregado el terminal a un señor que no tiene nada que ver conmigo. Ese señor no estaba en mi domicilio al momento de la entrega, entonces es un señor que estaba en la calle. Ellos me han invitado a comprar un nuevo iPhone. Correos Exprés también rechaza cualquier responsabilidad. El departamento de fraude Vodafone ha abierto y cerrado esta incidencia como caso de entrega incorrecta y no fraude. El valor del iPhone es de 588 euros que estoy pagando con 24.5 euros cada mes durante los próximos 24 meses, sin disponer del terminal. ¿Qué puedo hacer? Gracias