Pregunta de Daniel sobre Comunidades de propietarios en Badajoz

Hola vivo en una comunidad de propietarios en filas de adosados, dos vecinos de los 20 que estamos tienen en su patio (privativo) dos arquetas comunitarias de aguas pluviales . Por capricho dicen que quieren sacarlas al vial comunitario para que así en caso de algún problema no tengan que acceder nadie a su propiedad . Se trata de unos adosados de nueva construcción 2015 la acometida de esta obra provocaría daños en el vial comunitario
¿Se le puede prohibir?
¿Quien debe pagar ese capricho?

Solicita ahora tus presupuestos gratis
3 simples pasos
1. Rellena el formulario
El equipo de LexGoApp se pondrá en contacto contigo lo antes posible.
2. Recibe 3 presupuestos
Te conseguimos presupuestos gratis de los abogados especialistas
3. Tú eliges el abogado
Compara los presupuestos y elige el abogado que más se ajuste a tus necesidades.

Respuestas de abogados especializados

Aunque las arquetas estén situadas en patios de uso privativo, si forman parte de la red común de recogida de aguas pluviales su función y mantenimiento interesan a toda la comunidad. El hecho de que estén dentro de una propiedad privativa no permite, por sí solo, que sus titulares impidan el acceso necesario para inspecciones, reparaciones o emergencias, siempre procurando causar las menores molestias y daños posibles. Habría que revisar el título constitutivo, los estatutos y los planos de la obra para determinar si existe una servidumbre o una previsión específica sobre ese acceso.

Trasladar las arquetas al vial comunitario probablemente supondría alterar elementos comunes e instalaciones generales, además de ejecutar obras que pueden afectar al pavimento, a la evacuación de aguas y al diseño original del inmueble. Por ello, la comunidad puede oponerse si no considera justificada la modificación o si no se adopta válidamente el acuerdo exigible. Que la instalación sea de 2015 también aconseja comprobar el proyecto técnico, licencias y posibles responsabilidades, pues no es lo mismo corregir un defecto constructivo que realizar una mejora por comodidad de dos propietarios.

Si la obra responde exclusivamente a su conveniencia, lo habitual es que quienes la promueven asuman su coste íntegro, incluidos proyecto, permisos, reparación del vial y cualquier daño. Consulta con un abogado para revisar la documentación de la comunidad y los planos técnicos.

0
Equipo LexGoApp

Equipo LexGoApp

Abogados especialistas en Comunidades de propietarios

Gonzalo Ayo Jiménez
Gonzalo Ayo Jiménez
Tráfico | Civil | Mercantil | Concursal | Desahucios | + más
27 respuestas
Isidro Rodriguez Hitos
Isidro Rodriguez Hitos
Tráfico | Civil | Laboral | Divorcios | Nuevas tecnologías | + más
24 respuestas
DANIEL CAMPOS CATALA
DANIEL CAMPOS CATALA
Civil | Laboral | Divorcios | Penal | Mercantil | + más
24 respuestas