Pregunta de Miriam sobre Laboral en Madrid
Gracias!
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Buenos días: Tras la excedencia, la Empresa le recoloca en su mismo puesto a ser posible, o en cualquier otro de similar categoría. Evidentemente el cuadre de turnos, fechas de vacaciones y días libres, es cierto que la Empresa lo tiene que realizar a primeros de año y prever todas las vicisitudes que puedan surgir, por ello, perfectamente puede modificar su dia de Libranza.
Ante tal situación, lo que Ud deber realizar a la Empresa es la solicitud de su dia de libranza con respecto a su contrato inicial y en su caso si no estuviera conforme con las explicaciones de la Empresa, interponer ante el SMAC acto de conciliación a fin que le respeten sus condiciones o proceder a la solicitud de la extincion se su contrato laboral. En su caso, posiblemente el SMAC le dara la razon a la Empresa pues es la misma quien tiene la potestad de Administrar como mejor proceda para el buen funcionamiento de la misma. Quedo a su disposicion saludos.
Buenos días Miriam, hay que saber lo primero de todo qué jornada aparece en tú contrato, si es Lunes a Viernes, NO pueden cambiar tu día libre, si en cambio es L a D, sí. La antigüedad se respeta. Saludos
Bufete Castelló 66
Madrid
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