Pregunta de Silvia sobre Laboral en Barcelona
Hola buenas, Tenemos una amiga francesa que quiere venir a trabajar a España en octubre-noviembre pero tenemos una serie de dudas:
1- ¿Que documentos o que necesita para darse de alta en la seguridad social? ¿Cuándo lo puede gestionar? ¿Dónde lo puede realizar? (internet, presencial?)
2- No sabemos si necesita DNI, porque hemos leído que si es más de 3 meses si que lo necesita.
3- ¿Debe empadronarse en la ciudad en la que viva cuando se pueda alquilar una vivienda?
4- Para la atención sanitaria que necesitaría y donde debería dirigirse?
5- Para abrir una cuenta corriente en un banco necesitará alguna documentación, no? Muchísimas gracias por todo.
Un saludo.
Respuestas de abogados especializados
Al ser ciudadana francesa, puede residir y trabajar en España sin visado ni autorización de trabajo. Para incorporarse a un empleo necesitará normalmente un número de identidad de extranjero (NIE) y un número de afiliación a la Seguridad Social. El alta laboral la tramita habitualmente la empresa antes de que empiece a trabajar, aunque ella puede solicitar previamente su número de Seguridad Social por vía telemática o presencial. Si su estancia va a superar los tres meses, deberá solicitar la inscripción como ciudadana de la Unión y obtendrá el certificado correspondiente; no necesita un DNI español.
El empadronamiento no es un requisito para trabajar, pero suele ser muy útil para acreditar el domicilio y realizar diversos trámites locales, sanitarios, bancarios o de extranjería. Para la asistencia sanitaria, cuando esté dada de alta como trabajadora podrá solicitar su tarjeta sanitaria ante el organismo sanitario de Cataluña, normalmente acreditando identidad, domicilio y su derecho a la cobertura. Mientras tanto, puede utilizar la tarjeta sanitaria europea para estancias temporales, aunque no sustituye necesariamente la cobertura derivada de residir y trabajar aquí.
Los bancos suelen pedir pasaporte o documento nacional francés, NIE o certificado de registro, prueba de domicilio y, según la entidad, información sobre actividad profesional y origen de fondos. Conviene concretar si ya tiene oferta o contrato, la duración prevista de la estancia y el municipio de residencia, pues pueden variar los trámites aplicables. Te recomiendo consultar con un abogado para revisar la documentación antes de iniciar las gestiones.
Equipo LexGoApp
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