Pregunta de Patricia sobre Laboral en Ávila

Hace 11 años me mandaron en comisión de servicios a una oficina en el Tiemblo, como director de oficina en correos, a los 2 años me mandaron a la de Arenas de San Pedro, ahora después de haber subido la calidad de la oficina, me devuelven a mi puesto en Madrid como agente de reparto de un día para otro y alegando escaso interés por mi parte. Además pese a que lo recoge así el colectivo nunca me han pagado como director de oficina.
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La comisión de servicios suele tener carácter temporal y la empresa puede acordar el retorno al puesto de origen, pero debe respetar las condiciones previstas en tu nombramiento, en el convenio colectivo aplicable y, en su caso, en la normativa interna de Correos. Que el regreso se comunique de forma inmediata y se justifique por un supuesto “escaso interés” puede ser relevante si esa valoración ha tenido consecuencias profesionales, retributivas o disciplinarias, o si encubre una decisión arbitraria. También conviene comprobar si durante estos años se han producido renovaciones formales de la comisión o nombramientos distintos.

Respecto al salario, si has desempeñado efectivamente funciones propias de dirección de oficina sin percibir los complementos o retribuciones asociados, podría existir base para reclamar diferencias salariales. La respuesta depende de aspectos decisivos: tu vínculo laboral o funcionarial, las resoluciones de comisión y de cese, el puesto concreto asignado, el convenio vigente, las nóminas y cualquier comunicación sobre tus funciones y evaluación. Guarda toda esa documentación y pide por escrito la motivación de la decisión. Te conviene consultar con un abogado laboralista para revisar la documentación y valorar las actuaciones que correspondan.

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