Pregunta de Juan manuel sobre Laboral en Madrid
En junio de 2019 mi empresa me notificó mi despido por motivos objetivos (económicos) tras 3 años como trabajador fijo y 8 años subcontratado a través de otra empresa.
El dia de la notificación del despido no acepté los términos del despido ni acepté ningún dinero y demandé a la empresa.
En las semanas siguientes comencé a percibir el subsidio de desempleo.
En agosto recibí el pago relativo al despido objetivo: unos 11000 EUR.
El dia del juicio (febrero de 2020) llegué a un acuerdo económico con mi empresa para no entrar a juicio y percibí lo acordado menos el IVA: unos 28,000 EUR.
MIS PREGUNTAS SON:
1. ¿Debí haber informado al SEPE de los dos ingresos relativos a mi despido?
2. ¿Qué sanción puedo sufrir al no haber informado? ¿Sería devolver todo lo percibido y perder todo mi paro acumulado durante 10 años? o ¿sólo tendría que devolver la diferencia?
Muchas gracias
Respuestas de abogados especializados
La indemnización por despido, en principio, no suele ser incompatible con la prestación contributiva por desempleo ni obliga por sí sola a comunicarla al SEPE, porque no se considera una renta que impida cobrar el paro. Sin embargo, la respuesta cambia si lo que percibías era un subsidio asistencial sujeto a límites de rentas, o si parte de los importes cobrados tenía naturaleza salarial —por ejemplo, salarios de tramitación, vacaciones no disfrutadas u otros conceptos— y no estrictamente indemnizatoria. También es relevante conocer cómo se documentó el acuerdo judicial y por qué se aplicó IVA, ya que no es habitual en una indemnización laboral ordinaria.
Si hubiera existido obligación de comunicar algún ingreso y no se hizo, el SEPE puede revisar el expediente y reclamar las cantidades indebidamente percibidas durante el periodo afectado. La consecuencia no tiene por qué ser la pérdida de todo tu historial de cotización ni de todos los derechos acumulados, pero puede haber reintegros y, según las circunstancias, una sanción que afecte a la prestación. Debes consultar con un abogado para revisar la carta de despido, el acta de conciliación o acuerdo, los pagos y la resolución del SEPE.
Equipo LexGoApp
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