Pregunta de Raquel sobre Laboral en Barcelona
Demanda por mobbing laboral y vulneracion de derechos fundamentales, se pide extinción de contrato por incumplimiento del empresario art. 50 ET. Primer juicio perdido, interpuesto recurso de suplicación al TSJ.
Mi pregunta es: si me voy de la empresa (en marzo me tengo que incorporar y soy incapaz), y posteriormente sale la resolución del TSJ a mi favor... la sentencia tendría valor? Y los daños y perjuicios deberían ser pagados? O al no estar contratada ya, perdería todo lo que dijese la sentencia?
Gracias.
Respuestas de abogados especializados
Si decides causar baja voluntaria antes de que se resuelva el recurso, esa decisión puede afectar de forma relevante a la pretensión de extinción indemnizada del contrato. Con carácter general, para obtener la extinción por incumplimiento empresarial suele ser importante que la relación laboral continúe vigente cuando se solicita y se acuerda judicialmente. Una dimisión puede interpretarse como una ruptura por tu propia voluntad y dificultar, o incluso impedir, que se reconozca la indemnización vinculada a esa extinción.
No obstante, la sentencia del TSJ seguiría teniendo valor respecto de las cuestiones que resuelva, especialmente si también se han reclamado vulneración de derechos fundamentales, daños morales, salarios u otros perjuicios autónomos. Que ya no trabajes allí no elimina necesariamente una eventual responsabilidad empresarial por hechos anteriores, pero sí puede cambiar qué conceptos pueden reconocerse y su cuantía. También importa mucho cómo se produzca la salida: baja voluntaria, incapacidad temporal, despido, acuerdo, imposibilidad de reincorporación o una nueva actuación de la empresa.
Conviene valorar antes de marzo la sentencia de instancia, el recurso presentado, las medidas solicitadas y tu situación médica, porque la estrategia procesal puede variar por completo. Consulta cuanto antes con un abogado laboralista para revisar toda la documentación.
Equipo LexGoApp
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