Pregunta de Diego sobre Laboral en Baleares
Si me conceden excedencia en el trabajo, me pueden quitar 8 meses de paro que me quedan por cobrar. Un saludo y Gracias. Soy Diego
Respuestas de abogados especializados
La excedencia, por sí sola, no suele hacer que pierdas la prestación por desempleo que tengas reconocida y pendiente de cobrar. Sin embargo, mientras la relación laboral esté suspendida por una excedencia voluntaria, normalmente no puedes reanudar el paro porque no existe una situación legal de desempleo: has sido tú quien ha solicitado dejar de prestar servicios temporalmente. El derecho puede quedar suspendido y conservarse para cuando concurran los requisitos de reanudación.
La respuesta puede variar según el tipo de excedencia —voluntaria, por cuidado de hijos o familiares, forzosa—, si ya estabas cobrando la prestación antes de pedirla, si la excedencia se solicita durante un contrato activo o qué ocurre al finalizarla. También es relevante si pides el reingreso y la empresa no dispone de vacante, o si trabajas posteriormente en otra empresa y ese empleo termina de forma involuntaria.
Conviene que antes de solicitarla revises la resolución de tu prestación y consultes tu situación con el SEPE, dejando constancia de las comunicaciones. Para valorar las consecuencias exactas y revisar la documentación laboral y de desempleo, consulta con un abogado.
Equipo LexGoApp
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