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Situación asimilada al alta en la Seguridad Social: Todo lo que debes saber
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Situación asimilada al alta en la Seguridad Social: Todo lo que debes saber

¿Qué es la situación asimilada al alta?

La situación asimilada al alta es un estado en el que se encuentra un trabajador que, aunque no esté cotizando activamente en la Seguridad Social, conserva el derecho a recibir determinadas prestaciones. Este reconocimiento legal permite que el trabajador mantenga la protección social en situaciones específicas.

Marco legal de la situación asimilada al alta

Esta figura está regulada en diversas normativas, entre las que destacan:

  • Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (artículo 166 y siguientes).
  • Real Decreto 84/1996, que establece el Reglamento General de Inscripción de Empresas y Afiliación a la Seguridad Social.
  • Ley 46/1977 (Ley de Amnistía) y Ley 18/1984, que reconocen como periodos cotizados los años en prisión.
  • Orden TAS/4033/2004, que contempla el síndrome del aceite tóxico como situación asimilada al alta.
  • Orden del 27 de enero de 1982, para trabajadores trasladados al extranjero.
  • Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Situaciones asimiladas al alta en la Seguridad Social

Algunas de las situaciones más comunes en las que se aplica esta figura son:

  • Desempleo total y subsidiado.
  • Paro involuntario tras agotar la prestación contributiva o asistencial.
  • Vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas al finalizar la relación laboral.
  • Excedencia forzosa o por cuidado de hijos o familiares.
  • Suspensión del contrato por servicio militar o prestaciones sociales sustitutivas.
  • Traslado de trabajadores al extranjero.
  • Inactividad para trabajadores de temporada.
  • Prórroga de incapacidad temporal.
  • Períodos en prisión contemplados en la Ley de Amnistía.
  • Situaciones derivadas de Convenios Especiales.
  • Suspensión del contrato en caso de violencia de género.

Prestaciones disponibles en situación asimilada al alta

Asistencia sanitaria

Tienen derecho a asistencia sanitaria los trabajadores que:

  1. Hayan cotizado al menos 90 días en los últimos 365 días.
  2. Estén en espera de resolución de una demanda por despido improcedente o nulo.

Pensión por jubilación

Para acceder a la jubilación, se requiere haber cotizado 15 años, con al menos 2 años dentro de los 15 anteriores a la fecha de jubilación. Si la persona se encuentra en situación asimilada al alta, los 2 años deben estar dentro de los 15 anteriores a la fecha de cese de la obligación de cotizar.

Jubilación anticipada

  • Por discapacidad: Edad mínima de 56 años para discapacidades iguales o superiores al 45%.
  • Por cese no voluntario: Es requisito estar inscrito como demandante de empleo por al menos 6 meses antes de solicitar la jubilación anticipada.

Invalidez permanente

Los trabajadores que hayan desempeñado funciones con riesgo de enfermedad profesional y que padezcan invalidez permanente pueden acceder a prestaciones, incluso si no están cotizando en el momento de la declaración de invalidez.

Prestación por desempleo

Se incluyen situaciones especiales como:

  • Excedencia forzosa por cargo público o sindical.
  • Liberación de prisión tras cumplimiento de condena.
  • Retorno de trabajadores emigrantes.
  • Finalización de relación laboral en el extranjero.
  • Extinción del contrato durante el descanso por maternidad.

Conclusiones

Para acceder a las prestaciones de la Seguridad Social, es fundamental que el trabajador haya sido dado de baja correctamente. En muchos casos, la empresa realiza este trámite, pero también puede hacerlo el trabajador por iniciativa propia.

Si necesitas asesoramiento sobre tu situación específica, te recomendamos contactar con un abogado especializado en derecho laboral.

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