Pregunta de Carlos sobre Fiscal en Madrid
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Hola Carlos:
En mi opinión si. Los autonomos y profesionales estamos obligados a declarar IVA e IRPF trimestral. Cuando facturamos a otro profesional (salvo excpciones) debemos realizar la factura con el 21% de IVA y la correspondiente retención de IRPF (7% en los 3 primeros años como autonomo y 15% despues)
La factura sería
Base Imponible
+ 21% de IVA
- 7 % o 15% Retención
La retención la pagaría por ti a hacienda el que pague dicha factura y tu te la descontaras del modelo 130.
un saludo
Respuesta por Carlos Creador :
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
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