Pregunta de Carmen sobre Herencias en Madrid
¿Siendo yo hija de un primer matrimonio no tengo derecho a heredar ahora? gracias
Respuestas de abogados especializados
Buenos dias Carmen:
Usted tiene derechos sucesorios por ser hija sin diferenciar absolutamente en nada que sea de un primer matrimonio o de un tercero.
Existen dos posibilidades:
- Con testamento.
Las herencias se dividen en 3/3 (1/3 legitima, 1/3 mejora 1/3 libre disposición). Usted aquí por ley recibiria su parte correspondiente de legitima y mejora si su padre ha dispuesto algo más a los que no sean herederos con derecho a legitima. Por lo que la esposa puede heredar en propiedad de ese 1/3 de libre disposición.
- Sin testamento.
Si no hay ninguna disposición de que su padre dejase nada en propiedad a su nueva esposa, entonces nos encontramos ante una herencia sin testamento y por lo tanto, nos vamos enteramente a lo que dice la ley. La ley dice que los hijos son los herederos legítimos de su padre por lo que heredaran TODO. No obstante, también recoge que la viuda tendrá derecho al usufructo del 1/3 de mejora, por lo que ustedes tendrán la nuda propiedad y ella el usufructo vitalicio.
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Si, así es.
Si quiere iniciar un procedimiento al respecto póngase en contacto conmigo
Javier Oteo: javier.oteo@icam.es
Buenas tardes Carmen, ¿Qué tal¿
Si quieres podemos reunirnos en mi despacho y te comento todas las cuestiones que planteas.
Un saludo
Abogados especialistas en Herencias
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