Pregunta de Maria del mar sobre Civil en Madrid
No sé qué hacer, ya que no ha sido notificado previamente, y además en el juicio no me asistió mi abogado de oficio, ni el juez nos dejó hablar le dió la razón a los propietarios.
Con la pensión de mi madre se paga alquiler, gas, luz, teléfonos, internet y comida. Nos han quitado 201 euro que tenía en una cuenta y nos han dejado a 0, no puedo hacer la compra para comer, ni pagar los libros de mi hija no tengo nada.
Respuestas de abogados especializados
Buenos días María del Mar:
En primer lugar, en los procedimientos civiles somos muy protocolarios y el juez no le va a dejar hablar a usted a no ser que sea llamada a declarar. Lo que me parece más raro es que el abogado de oficio no asistiera porque eso es un motivo de expediente disciplinario. Uno de los problemas que nos encontramos en estos casos es que el cliente no pide bien el abogado de oficio, ya que hay que pedir uno para cada asunto judicial que haya.
En segundo lugar, el aviso fehaciente antes del desahucio sirve para evitar el derecho de enervación. Este derecho de enervación se entiende como una potestad que tienen los inquilinos a pagar lo que deben y paralizar el alzamiento, no significa que sin esa notificación previa no se pueda desahuciar.
En tercer lugar, en cuanto a juez, normalmente estos asuntos se despachan rápido ya que de lo único que versan es si hay un contrato de alquiler y si no existe apunte contable del ingreso del alquiler. Por lo que las opciones de victoria son escasas sino han hecho efectivos los ingresos.
Por ultimo, en lo que respecta a los embargos, no se puede hacer mucho si lo han ordenado. No miran absolutamente nada con respecto a que capacidad económica hay simplemente si hay disponible. Cuestión distinta es la pensión u otros ingresos mensuales como pueden ser salarios ahí si que embargan según la capacidad económica que tenga y quitaran en proporción.
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Civil
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