Pregunta sobre Civil
Respuestas de abogados especializados
Hola, buenas tardes.
No, lo normal es seguir el artículo 437.4 de la LEC y acumular ambas acciones en una única demanda.
Gracias.
NO,puede hacerse todo en uno.
Barcelona
No, las rentas se pueden reclamar en el procedimiento de desahucio. Si necesita ayuda para gestionar de manera efectiva y correcta un lanzamiento en la vivienda, por favor, no dude en contactar con nostros.
Emilio San Miguel Laso
Cantabria
Buenos días.
Siento tener que decirte que no es en absoluto normal que se inicien dos procedimientos para reclamar el desahucio de un inquilino que no paga la renta. El artículo 437.4 de la LEC permite acumular ambas acciones (desahucio y reclamación de rentas impagadas) en el mismo procedimiento cuando se trate de juicios de desahucios de finca por falta de pago o por expiración legal o contractual del plazo, con independencia de la cantidad que se reclame.
Saludos.
NO EN ABSOLUTO, se puede acumular en una única demanda. De conformidad con el artículo 437.3 y 3º bis de la LEC, resulta procedente ejercitar de forma acumulada la acción de reclamación de rentas y cantidades asimiladas con la acción de desahucio por falta de pago (recuperar la posesión de la finca. Por lo tanto, la respuesta es NO, no es necesario presentar dos demandas, con una sería más que suficiente.
Un saludo
Bufete Castelló 66
Madrid
Buenos días
En la demanda de desahucio por falta de pago, puedes solicitar el pago de la deuda del arrendatario a favor del arrendador en concepto de las rentas dejadas de percibir y en también solicitas que se le impunte las costas del juicio.
Otra cosa es que esta persona sea solvente.
Saludos
Nina Costas
Abogada
NC CONSULTORS
Barcelona
Abogados especialistas en Civil
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