Pregunta de Carla sobre Laboral en Granada
Respuestas de abogados especializados
Buenas tardes Carla
Es una pregunta un poco ambigua y sin mas datos es difícil de aconsejar de manera eficaz. Aun así y partiendo de que en cualquier relación contractual debe mediar una oferta de trabajo y un contrato de trabajo, el propio Estatuto de los Trabajadores en el art. 7 establece que podrán contratar la prestación de su empleo quienes tengan plana capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el Código Civil.
Si acudimos artículo 314 la emancipación y por lo tanto la capacidad de obrar cuando se alcanza la mayoría de edad, concesión de quien ejerzan la Patria potestad o por concesión judicial.
Ahora bien, el artículo 322 del Código Civil establece que el mayor de edad es capaz para todos los actos de la vida civil, salvo las excepciones establecidas en los casos especiales establecidas por este Código.
Ahora acudiendo a los artículos 199 y 200 del Código Civil, podemos observar que nadie puede ser declarado incapaz, sino por sentencia Judicial en virtud de las causas establecidas en esta Ley. Y que son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impiden a la persona gobernarse por si sola.
Después de todo este rollo que te acabo de soltar el resumen a tu pregunta es DEPENDE.
- Si el enfermo no se encuentra incapacitado por culpa de su enfermedad mental (muy común) ya que se puede gobernar y no media una sentencia de incapacitación se considera que el contrato de trabajo es perfectamente legal.
-Si si que media Sentencia de incapacitación por lo tanto, no seria legal contratar a esta persona.
Por otro lado, a lo referente a la ayuda necesaria. Todos los ciudadanos estamos obligados a poner en conocimiento de las autoridades si observamos que una persona corre peligro propio o puede causarle un peligro a un tercero. A parte de ser una obligación legal es tambien una obligación legal avisar que una persona puede que no se pueda gobernar a si mismo y por lo tanto, que el Ministerio Fiscal pueda instruir una incapacitación judicial de oficio.
Pero esta parte es una cuestión propia de percepción que usted, el empresario y el propio enfermo puedan tener. hay veces que el presunto incapaz nos puede parecer un enfermo y medicamente no lo este.
Espero haberla ayudado y solucionado la pregunta que no es fácil ni de explicar ni de entender.
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Laboral
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