Pregunta de Cristina sobre Laboral en Sevilla

Hola llevo casi 1 año de baja por enfermedad común (Crohn), durante la baja me he quedado embarazada (19 semanas) la ibermutua está al tanto. Estoy esperando que me llamen de la seguridad social para que evalúan mi caso. Hoy me han llamado de la ETT y me han dicho que el proyecto en donde estaba se ha finalizado y que tengo que llamar a la ibermutua para que me pagan directamente y que me van a mandar el fin de contrato para que lo firme. Que derechos tengo en este caso? He leído que ahora el pago se quita del paro es verdad? Tengo derecho a baja por maternidad? Que hago cuando me dan de alta medica y ya no tengo paro y sigo embarazado o el bebe está recién nacido, tengo derecho a algún pago?

Gracias y un saludo

Solicita ahora tus presupuestos gratis
3 simples pasos
1. Rellena el formulario
El equipo de LexGoApp se pondrá en contacto contigo lo antes posible.
2. Recibe 3 presupuestos
Te conseguimos presupuestos gratis de los abogados especialistas
3. Tú eliges el abogado
Compara los presupuestos y elige el abogado que más se ajuste a tus necesidades.

Respuestas de abogados especializados

Si tu contrato temporal con la ETT finaliza realmente porque ha terminado la puesta a disposición o la causa que lo justificaba, la finalización puede producirse aunque estés en incapacidad temporal. En ese caso, normalmente seguirías percibiendo la baja por enfermedad común mediante pago directo de la mutua o del INSS hasta el alta médica. Conviene revisar con especial cuidado el documento de fin de contrato: no es lo mismo una finalización válida que una extinción encubierta o una decisión vinculada a tu embarazo o a tu estado de salud. Puedes firmar la recepción indicando, si procede, que no estás conforme, y conservar una copia.

Respecto al desempleo, la incapacidad temporal posterior al fin del contrato puede afectar a la duración de la prestación contributiva, pero depende de si tienes derecho a ella, de su situación y de la fecha del alta. La prestación por nacimiento y cuidado del menor exige cumplir requisitos de cotización y cambia según continúes de baja, estés cobrando desempleo o hayas agotado las prestaciones. Si al recibir el alta no tienes paro, podrían existir otras ayudas, pero dependen de tus cotizaciones, rentas y situación familiar.

Son decisivos tu tipo de contrato, sus fechas, las cotizaciones acumuladas y la documentación de la ETT y la mutua. Consulta con un abogado para revisar toda la documentación antes de firmar.

0
Equipo LexGoApp

Equipo LexGoApp

Abogados especialistas en Laboral

DANIEL CAMPOS CATALA
DANIEL CAMPOS CATALA
Civil | Laboral | Divorcios | Penal | Mercantil | + más
24 respuestas
Isidro Rodriguez Hitos
Isidro Rodriguez Hitos
Tráfico | Civil | Laboral | Divorcios | Nuevas tecnologías | + más
24 respuestas
Alfredo Villaverde Sánchez-Lafuente
Alfredo Villaverde Sánchez-Lafuente
Civil | Laboral | Inmobiliario | Familia | Ley segunda oportunidad | + más
20 respuestas