Pregunta de Lidia sobre Laboral en Málaga

Buenas tardes,
Mi caso es el siguiente:
Estoy embarazada y actualmente estoy trabajando, pero el contrato se me acaba dentro de 1 mes. Luego, tengo derecho a 4 meses de desempleo. El desempleo se me acabaría el 10 de enero y la fecha prevista de parto es el 29 de enero. He leído que cobrando el desempleo, se puede pedir la baja por maternidad 4 semanas antes de la fecha prevista de parto.
¿Puedo pedir la baja por maternidad unos días antes de que se me acabe el desempleo, por ejemplo, el 7 de enero? ¿Qué pasaría si mi hijo nace más tarde de la fecha prevista y no nace dentro de esas 4 semanas?
Gracias de antemano.

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Respuestas de abogados especializados

Con carácter general, si estás percibiendo prestación contributiva por desempleo y reúnes los requisitos de cotización para la prestación por nacimiento y cuidado de menor, puedes anticipar su inicio hasta cuatro semanas antes de la fecha prevista de parto. Al iniciarse esa prestación, el desempleo queda suspendido y pasa a percibirse la prestación por nacimiento. Por tanto, si la fecha prevista es el 29 de enero, solicitarla el 7 de enero estaría, en principio, dentro de ese margen.

Que el parto se produzca después de la fecha prevista no suele impedir que hayas iniciado la prestación en la fecha anticipada, siempre que la solicitud se haya formulado dentro de las cuatro semanas anteriores a la fecha prevista acreditada médicamente. Esos días previos al parto se integran en el periodo total de disfrute. No obstante, la respuesta puede variar según tu vida laboral, las cotizaciones exigibles, la causa concreta de finalización del contrato y la documentación médica que fije la fecha probable de parto. Conviene consultar con un abogado para revisar la documentación y confirmar la tramitación adecuada ante el SEPE y la Seguridad Social.

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