¿Cuál es el plazo para presentar oposición a un monitorio?
Recibir una notificación de procedimiento monitorio puede generar preocupación, pero la ley te ofrece herramientas para defenderte. Una de las más importantes es tu derecho a oponerte a la deuda cuando no estás de acuerdo con ella.
A continuación, te explicamos cuál es el plazo para presentar oposición, cómo hacerlo y qué opciones tienes si la reclamación procede de productos financieros abusivos.
¿Qué plazo tengo para oponerme a un monitorio?
El plazo para presentar oposición a un monitorio es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la notificación judicial.
En este cómputo no cuentan sábados, domingos ni festivos de la sede judicial.
Si no presentas oposición dentro del plazo, el juzgado dará por terminado el procedimiento y el acreedor podrá solicitar embargo de nómina, cuentas bancarias o bienes. Por eso es esencial actuar rápido y buscar asesoramiento especializado.
¿Cómo se presenta la oposición?
La oposición se realiza mediante un escrito dirigido al juzgado que notificó el monitorio. En él deben exponerse los motivos por los que no se reconoce la deuda o no se está conforme con el importe reclamado.
- Si la deuda supera 2.000 €, el escrito debe ir firmado por abogado y procurador.
- Si la cuantía es inferior, no son obligatorios, aunque contar con asesoramiento legal es muy recomendable para fundamentar correctamente la oposición.
Motivos habituales de oposición:
- Errores en el cálculo de la deuda.
- Deuda ya pagada.
- Contratos con intereses abusivos, falta de transparencia o posibles causas de nulidad.
Tras la oposición, el monitorio finaliza y el asunto continúa en el juicio correspondiente, donde ambas partes aportarán pruebas ante el juez.
¿Y si la deuda es de un microcrédito o tarjeta revolving?
Muchos monitorios actuales proceden de microcréditos y tarjetas revolving, productos que los tribunales anulan con frecuencia por sus intereses usurarios o abusivos.
Si tu monitorio proviene de uno de estos productos, no solo puedes oponerte, sino también solicitar la nulidad del contrato, lo que puede suponer:
- No pagar los intereses abusivos.
- Recuperar cantidades abonadas de más.
¿Qué ocurre si te han incluido en ASNEF u otros ficheros de morosidad?
Si, además del monitorio, te han incluido en ASNEF, BADEXCUG u otro fichero sin cumplir los requisitos legales, puedes reclamar por inclusión indebida y solicitar una indemnización por vulneración del derecho al honor.
Aparecer en estos registros afecta a tu reputación financiera, por lo que es clave actuar con rapidez.
Conclusión: recibir un monitorio no significa que no tengas opciones
Recuerda:
- Tienes 20 días hábiles para presentar oposición.
- Si no te opones, se puede iniciar un procedimiento de embargo.
- Si la deuda proviene de productos abusivos o te han incluido en un fichero de morosos indebidamente, es posible reclamar y recuperar dinero.
Actuar a tiempo y con asesoramiento experto puede convertir un monitorio en una oportunidad para defender tus derechos.