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Notificación de un juicio monitorio: guía completa para deudores
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Notificación de un juicio monitorio: guía completa para deudores

Recibir una notificación de un juicio monitorio puede generar preocupación e incertidumbre. Este procedimiento judicial permite reclamar deudas de manera rápida y efectiva, y su punto de partida siempre es la notificación al deudor. En este artículo explicamos cómo se realiza esta notificación, qué opciones tiene la persona que la recibe y las consecuencias de no actuar a tiempo.

¿Qué es un juicio monitorio?

El juicio monitorio es un procedimiento judicial destinado a reclamar deudas de dinero que se puedan acreditar documentalmente. Su principal ventaja es la rapidez: no requiere un juicio largo y complejo, sino que basta con presentar documentos que prueben la deuda, como:

  • Facturas pendientes
  • Recibos o contratos
  • Extractos bancarios

Una vez revisada la solicitud, el juzgado requiere al deudor para pagar o presentar oposición en un plazo de 20 días hábiles. Dependiendo de la respuesta, el procedimiento puede:

  • Finalizar con el pago de la deuda
  • Transformarse en un juicio ordinario o verbal
  • Dar lugar a una ejecución forzosa con embargos

Este tipo de juicio es común en reclamaciones contra bancos, financieras, compañías de suministros y comunidades de vecinos.

Cómo se notifica un juicio monitorio

El juzgado puede notificar al deudor de tres maneras principales:

1. En el domicilio del deudor

La notificación domiciliaria es la vía preferente. Se entrega directamente al deudor o a una persona mayor de 14 años presente en la vivienda, como familiares, empleados o conserjes. Si se rechaza, se deja constancia y se considera válida.

2. Por medios electrónicos

Si el deudor está obligado a usar medios electrónicos, la notificación se realiza a través de la sede judicial electrónica. Tras tres días sin acceso por parte del destinatario, se considera notificado. En casos de primer emplazamiento, si no se accede en este plazo, se intenta la notificación en domicilio y, si falla, se publica en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU).

3. Por edicto en el TEJU

Se utiliza cuando el deudor no tiene domicilio conocido o no se puede notificar personalmente. La publicación en el TEJU se considera válida aunque el deudor no lea el aviso directamente.

Desde el día siguiente a la notificación, el deudor cuenta con 20 días hábiles para pagar u oponerse.

Opciones del deudor frente al monitorio

El deudor tiene dos opciones principales:

  • Pagar la deuda: el procedimiento finaliza automáticamente.
  • Oponerse al monitorio: el proceso se convierte en un juicio ordinario o verbal, donde se puede cuestionar la deuda, los intereses o cláusulas contractuales.

Consecuencias de no actuar ante un monitorio

Si el deudor no responde en el plazo de 20 días:

  • El acreedor puede solicitar ejecución judicial
  • Se pueden embargar bienes y derechos, como cuentas bancarias, nómina o vehículos
  • El deudor podría ser incluido en ficheros de morosos (ASNEF, BADEXCUG), aunque existe la posibilidad de reclamar por inclusión indebida
  • Ignorar la notificación puede tener consecuencias graves tanto económicas como legales.

La importancia de actuar a tiempo

Recibir una notificación de monitorio requiere acción inmediata. Contar con asesoramiento profesional permite:

  • Analizar la validez de la deuda
  • Presentar oposición si corresponde
  • Evitar embargos y problemas en ficheros de morosidad

En nuestra plataforma, contamos con abogados de toda España con experiencia en reclamaciones de deudas y te acompañamos en todo el proceso, ofreciendo un estudio de viabilidad gratuito y sin compromiso.

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