Pregunta de Inevertire sobre Penal en Cantabria

Una vez se tiene una sentencia firme, como condenado; y se ha incoado el correspondiente expediente de ejecución de la sentencia...¿es posible acudir al juzgado de ejecución y solicitar pagar la multa, antes de que llegue un requerimiento o citación? O hay que esperar necesariamente al requerimiento?

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Buenos días

Es posible incluso pagarlo en el procedimiento principal, pero no es recomendable ya que es preferible hacerlo en la ejecución. Cada juzgado tiene su cuenta de consignación la cual queda tambien vinculada a los procedimientos.

El probblema es que cuando se hace en el juzgado penal o de instrucción ese dinero tiene que ser transferido a la cuenta de consignación especifica de la ejecución y es bastante complicado.

Si tiene ya la sentencia, en el mismo momento en que tenga ya los autos de ejecución que seran algo así " Ejecución xxx/2021" ahí yo entiendo que puede pagarlo y junto al justificante lo presentas en el juzgado.

Un saludo

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Borja Adrados Urreiztieta

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Burgos

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DANIEL CAMPOS CATALA
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