Pregunta de Laura sobre Laboral en Madrid
Mi pregunta es si al pedir excedencia por cuidado de un menor, te tienen que guardar el mismo puesto de trabajo. Sé que el primer año te lo guardan, pero no queda claro si es el primer año del bebé o el primer año de la duración de la excedencia, ya que se puede fraccionar.
Segunda duda es referente al convenio de hospedaje de Madrid, en recepción trabajo de lunes a viernes desde 2015 que nació mi primera hija y tengo derecho por convenio hasta enero 2020 que cumple 2 años el bebé. Puedo acogerme a"derechos adquiridos" o alguna otra norma para no tener que volver a los turnos y los fines de semana? O debo recurrir a la reducción de jornada como única opción para conciliar?
Muchas gracias,
Segunda duda es referente al convenio de hospedaje de Madrid, en recepción trabajo de lunes a viernes desde 2015 que nació mi primera hija y tengo derecho por convenio hasta enero 2020 que cumple 2 años el bebé. Puedo acogerme a"derechos adquiridos" o alguna otra norma para no tener que volver a los turnos y los fines de semana? O debo recurrir a la reducción de jornada como única opción para conciliar?
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Buenas tardes,
Te comento:
- La reserva de puesto de trabajo sólo opera durante el primer año de excedencia, independientemente de cuando lo pidas (dentro de los tres primeros años, obviamente).
- En cuanto a la incorporación al horario común, sería interesante llegar a acuerdo al respecto a la empresa, porque como tal, la reincorporación después de una excedencia determina la restitución de las condiciones de trabajo habituales.
Espero haber aclarado tus dudas, para cualquier cuestión no dudes en contactar.
Atentamente,
Pablo Cruz (Col. 121014 ICAM).
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Abogados especialistas en Laboral
Alfredo Villaverde Sánchez-Lafuente
Civil | Laboral | Inmobiliario | Familia | Ley segunda oportunidad
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19 respuestas
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