Pregunta de Felix sobre Laboral en Valencia

Hola, tengo casi 49 años y hace unos pocos meses me han aprobado una Incapacidad Permanente Total, pero me ha quedado la pensión mínima (417€), por no haber podido trabajar en los últimos años por la enfermedad y quedarme la base en 603,62€. Me han dicho que con 55 años me subirán un 20% si no trabajo y que eso será ya para toda la vida. ¿Esto es cierto?.

Necesitaría valorar, si fuera posible, seguir cotizando como autónomo durante los años que fueran necesarios para solicitar la Incapacidad Permanente Absoluta y que me pudiera quedar una pensión más digna.

Por lo que me ha informado un trabajador del INSS, al tener 18 años, 8 meses y 3 días cotizados con 49 años, da igual que siga trabajando porque no llegaré a los años necesarios
cotizados cuando cumpla la edad de jubilación.

Estoy un poco perdido y agradecería algo de luz a mi consulta.

Gracias de antemano por su ayuda.

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Respuestas de abogados especializados

La incapacidad permanente total puede incrementarse, al alcanzar determinada edad, cuando se presume una especial dificultad para acceder a un empleo distinto de tu profesión habitual. Ese incremento no opera de forma automática en todos los casos: depende de que no estés trabajando y de otras circunstancias personales y laborales. Además, puede revisarse si cambian tus condiciones, por lo que no debe entenderse necesariamente como una cuantía inalterable para siempre.

Seguir cotizando como autónomo podría afectar a futuras prestaciones y a sus bases de cálculo, pero también debes valorar cuidadosamente la compatibilidad con tu incapacidad actual: en general, puedes realizar trabajos cuyas funciones no coincidan con las que motivaron la incapacidad, aunque ello puede dar lugar a una revisión. Para una incapacidad absoluta, lo decisivo suele ser que tus limitaciones te impidan desempeñar cualquier profesión con un mínimo de continuidad y eficacia; no basta, por sí solo, con aumentar años cotizados. También habría que revisar si puedes solicitar complemento a mínimos, según tus ingresos, residencia y situación familiar.

La respuesta depende de la resolución de incapacidad, tu profesión habitual, las patologías reconocidas, tus cotizaciones completas y el trabajo autónomo concreto que pretendas realizar. Te conviene consultar con un abogado laboralista para revisar toda la documentación y valorar la estrategia más adecuada.

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