Pregunta de Juan sobre Fiscal en Cádiz
Hola, tengo una sentencia a mi favor por demanda de extinción de contrato en la que se condena a mi ex empresa apagarme con 2 cantidades;
1. en concepto de indemnización por extinción , la cantidad de xxxxxxx
2. en concepto de de salarios y complemento de incapacidad temporal adeudados, la cantidad de xxxxxxx
Quisiera saber como tributan esas 2 cantidades a efecto de IRPF
Gracias.
Respuestas de abogados especializados
Buenos días Juan:
Dependera de como quede reflejado en la sentencia. Si lo que usted planteo fue un Juicio por despido improcedente con Reclamación de salarios impagados. usted recibiría dos conceptos
- Indemnización
- Salarios impagados
La indemnización queda exenta de Tributación hasta la marcada por la ley. Esto quiere decir que si a usted le han pagado una indemnización por despido improcedente de 33 días por año trabajado ESA CANTIDAD esta exenta.
un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
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