Pregunta de Antonio sobre Comunidades de propietarios en Alicante
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Buenas tardes,
A través del Registro de Actos de Última Voluntad Ud. puede conocer si la persona fallecida otorgó testamento o no, y a partir de aquí, conocer quiénes son los herederos propietarios del inmueble.
En caso de que aun así, no pudiera conocer a los herederos propietarios, podría demandar a “los ignorados herederos” o a la herencia yacente, aportando el certificado anterior a la demanda, solicitando al secretario judicial que se hagan las averiguaciones necesarias para descubrir quiénes son los propietarios de la vivienda, y en consonancia con esto, requerirles el pago.
En la misma línea, es muy importante que Ud. conozca que el impago de cuotas de la comunidad le otorga a ésta una hipoteca legal tácita sobre la vivienda, que la comunidad podría ejecutar. Esto llevaría a la subasta del inmueble y al cobro de las cantidades con cargo al precio de la subasta.
Puede Ud. contactarme sin compromiso si desea más información.
Saludos,
Juan Rodríguez Caballer
Castellón
Buenas noches Antonio
En la propia Ley de propiedad horizontal aparece reflejado un procedimiento especial de monitorio para casos como este. El problema es que este procedimiento (monitorio) exige la recepción personal de la notificación y si está fallecida lo tendrán complicado.
Yo me decantaría mas por una reclamación de cantidad dirigido a los herederos de la difunta.
Mucha suerte
Un saludo
Respuesta por Antonio Creador :
Muchas gracias de antemano por su interés.
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Comunidades de propietarios
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