Pregunta de Sonia sobre Civil en Murcia
Hola, mi duda es la siguiente: Antes de contraer matrimonio adquirí una vivienda con su correspondiente hipoteca, la cual pagaba yo sola. Tras casarme se cancela el resto de la hipoteca contrayendo la deuda en otra entidad y ampliando la hipoteca a nombre de los dos cónyuges. Al cabo de un tiempo se realiza una escritura de separación de bienes. En este momento la hipoteca está liquidada y la vivienda en venta. ¿el dinero de la venta es a partes iguales o no ? ¿qué ocurre con toda la aportación anterior al matrimonio? ¿nuestro hijo debe percibir parte de ello? Estamos decidiendo separarnos. Espero haberme expresado con claridad. Gracias de antemano por el tiempo dedicado. Un saludo.
Respuestas de abogados especializados
La clave no es solo quién pagó cada cuota, sino qué consta en las escrituras y en el Registro de la Propiedad. Con carácter general, una vivienda comprada antes del matrimonio suele conservar su carácter privativo, aunque después se refinancie o amplíe la hipoteca a nombre de ambos. Que los dos aparezcáis como deudores frente al banco no implica necesariamente que ambos adquirierais la propiedad por mitad; para ello normalmente tendría que haberse otorgado una escritura de transmisión o modificación de cuotas de titularidad.
No obstante, las cantidades abonadas durante el matrimonio, especialmente si procedían de fondos comunes, pueden generar ajustes o derechos de reembolso al liquidar el régimen económico matrimonial. También puede ser relevante la escritura de separación de bienes: hay que comprobar desde cuándo produjo efectos y si incluyó pactos sobre la vivienda, deudas o aportaciones previas. Por tanto, el precio de venta podría corresponder inicialmente al titular registral, sin perjuicio de compensar después las aportaciones acreditadas del otro cónyuge.
Vuestro hijo no adquiere, por el mero hecho de la separación o de la venta, un derecho directo sobre ese dinero. Conviene consultar con un abogado que revise las escrituras de compra, hipotecas, capitulaciones y justificantes de pago.
Equipo LexGoApp
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