Pregunta de José sobre Laboral en Valencia

En resolución firme del Juzgado, se falla a mí favor “Pensión Vitalicia y pagable mensualmente”(I.P.A.). En Notificación del INSS me comunica, que Según Sentencia pagará atrasos y nueva pensión, pero me emplaza para nueva Revisión en dos años.QuÉ debo Hacer?, Presento R.P.?.Gracias
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Buenas tardes José,

No debes hacer nada, las pensiones por incapacidad se revisan cada dos años por mejoría o empeoramiento (en teoría podrían darte hasta una gran invalidez en la revisión) y ese contenido no lo podrías modificar aunque recurras por sonar incongruente con el termino pensión vitalicia.

Por otro lado, toda resolución administrativa y judicial puede siempre recurrirse formalmente (por ley), lo que no quiere decir que haya fundamento en todos los casos.

Un saludo!

David Guardia.

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