Pregunta sobre Laboral

Hola, inspección de trabajo ha sancionado a la sociedad de la que soy autónomo. La sanción es de 30.000 euros. Voy a cerrar el establecimiento y no voy a pagar la deuda porque no puedo. ¿Si hago esto, me podrán derivar responsabilidad como administrador? Gracias.
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Respuestas de abogados especializados

Buenas tardes: En principio habría que ver el tipo de Sociedad de la que hablamos, supongo sera un S.L. - No obstante comentarle que al margen del cierre de la Sociedad por temas económicos, si la Sanción como Ud bien dice es de "la inspección de trabajo", el responsable de los trabajadores o en su caso el Administrador de la Sociedad, es el responsable del cumplimiento de la Ley en materia Laboral. Por ello, SEGURO, que tras el procedimiento al respecto, le trasladan la responsabilidad al Administrador y éste, deberá abonar la Sanción, caso contrario le embargaran en la cuantía correspondiente hasta saldar la deuda, mejor dicho Sanción.
Saludos.

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La obligación del empresario con deudas es cerrar la sociedad de una forma ordenada, lo que impedirá el traslado de la responsabilidad al administrador; en caso contrario, podría derivarse; sería necesario saber la forma societaria y demás datos del asunto.

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Hola.
Dependerá, entre otros factores, de la forma en que se cierre la sociedad.
Sería conveniente estudiar la posibilidad de solicitar la declaración de concurso de acreedores, ya sea para disolver la sociedad o, si es posible, continuar con su actividad.

Saludos.

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Buenos días. En cuanto su pregunta la respuesta es sí, si podrían derivarse responsabilidades contra el administrador de la sociedad. Para ello dependerá del tipo de sociedad de que se trate, del tipo de administrador, de los bienes existentes y de la voluntad del acreedor, en este caso, de la inspección de trabajo.

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Buenos días,
No le recomiendo en absoluto que proceda en ese sentido. La administración, una vez advierta que no puede ir contra sus bienes, procederá contra el administrador como responsable subsidiario, incrementando la deuda con recargos e intereses.

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Hola, depende de la forma jurídica de la sociedad y el límite que tengas como responsable.

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