Pregunta de Luis sobre Penal en Huelva

Cuando se produce un robo de joyas y tras la denuncia la guardia civil, está ya tiene al presunto culpable. Mi duda es la cuantía del valor de las joyas son solo de las que pudiera recuperar la guardia civil?. Es que son muchas y lo único que pudiera aportar son imágenes de esas joyas, gracias
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Buenos días Luis:

Cuando una persona denuncia ante los cuerpos de seguridad un robo en este caso de joyas y se señala a un sospechoso se abre (incoa) diligencias policiales. Al que usted señala como el autor de los hechos se le debe investigar. Estas diligencias pueden ser de muchos tipos desde hacer un seguimiento, hasta acudir a todas las tiendas de venta de joyas enseñando tanto las joyas como la foto del supuesto infractor.

Una vez que acaban las diligencias se tienen indicios de que es posible que haya cometido los hechos pasan las actuaciones al juzgado de instrucción que por turno corresponda.
Los juzgados de instrucción son los encargados de seguir investigando. En primer lugar, se le vuelve a tomar declaración al denunciante para que se ratifique en la denuncia y aporte cualquier dato que pueda de las joyas (facturas, más fotografías, procedencia de las mismas).

En segundo lugar, se toma declaración al investigado (supuesto autor). También en este juzgado se llevan a cabo muchas otras diligencias como pueden ser la tasación de las joyas para averiguar su valor. La tasación de las mismas se lleva por múltiples vías y procedimientos que dependerán del caso concreto. la cuantía no se determina por el valor de las joyas recuperadas, ya que muchas veces no se pueden recuperar, sino que se determinara sobre el valor de las joyas que se pueda demostrar que han sido sustraídas o supuestamente sustraídas.

Una vez que se acaba la instrucción y hay indicios suficientes para encausar al investigado, se decreta apertura de juicio oral donde tanto el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares con todas las diligencias practicadas deben solicitar la apertura de juicio oral y acusar o solicitar el sobreseimiento del asunto. Si se acusa se le da traslado a la defensa del ahora acusado para que en un plazo de 10 días presente escrito de defensa.

Una vez que están estos escritos de acusación y defensa se traslada el procedimiento al Juzgado de lo Penal el que fijara una fecha para la correspondiente vista donde se practicara la prueba solicitada para enjuiciar los hechos.

Después de la vista se dictará sentencia donde se absolverá o se condenara al condenado. La condena tendrá varias partes una pena de prisión y el pago de una responsabilidad civil. Es esta responsabilidad civil donde se encuentra incluido el valor de las joyas que haya sustraído y no recuperado ya que si se recuperan no se indemnizara por ellas.

Un saludo

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Borja Adrados Urreiztieta

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Burgos

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DANIEL CAMPOS CATALA
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Carlos Jaime Iglesias Rodríguez
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Manuel Belinchón Fernández
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