Pregunta de Patricia sobre Herencias en Madrid
Tengo una herencia de mi abuela paterna ( mi padre falleció hace tiempo) ,y resulta que ya hemos firmado los herederos ,una parte ya ha cobrado su parte y otra parte no.
¿En la notaría que se firmó todo me pueden ayudar ? Ya que el abogado que lo movió ( lo lleva mi hermano mayor ) hemos firmado en 30 octubre de 2018 y estamos a 10 enero de 2019 y no sé nada.
¿Cómo puedo proceder?
Gracias
Respuestas de abogados especializados
Buenas tardes,
en primer lugar, debería solicitar una copia simple de la escritura. No obstante, si ya está realizado el trabajo, deberían entregarle una copia autorizada (original), y el correspondiente modelo 650, del Impuesto sobre Sucesiones.
Con la escritura en la que se le nombra heredera, y en la que se manifiestan los bienes que le corresponden; y con el Impuesto liquidado, el banco está obligado a entregarle el dinero que le corresponda.
Si usted es heredera de bienes inmuebles, con la escritura autorizada y el Impuesto liquidado, puede proceder a inscribir dicho inmueble a su nombre de en registro de la propiedad.
Un saludo.-
www.febrerasesores.com
Castellón
Buenos días,
Lo aconsejable es que solicite en la notaría una copia de la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia. También necesita la carta de pago del modelo 650 (Impuesto sobre Sucesiones), que posiblemente esté en el expediente del abogado o de la gestoría contratada, ya que sin la justificación de presentación/ingreso de este modelo, el banco no inicia los trámites de pago del haber hereditario.
F-C ABOGADOS
Madrid
buenos dias
seria conveniente ir a la notaria, por si usted no tiene una copia de la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia; pida una copia y a partir de ahí, y con la escritura que es su titulo de propiedad de los bienes que le hayan correspondido en la herencia, iniciar las gestiones para cobrar lo que le corresponda. Y si es necesario, acuda a un abogado
un saludo
Abogados especialistas en Herencias
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