Pregunta de Noelia sobre Laboral en Madrid
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Hola Noelia: tu convenio colectivo tenía una vigencia inicial hasta 31 de diciembre de 2017 pero dado que no se ha publicado otro y de conformidad con las cláusulas del convenio, se entiende prorrogado año a año salvo denuncia por alguna de las partes. Te comento esto con carácter preliminar para decirte que en principio sigue vigente, por lo que sus previsiones en materia de vacaciones continúan aplicando.
Respecto a las vacaciones tienes derecho, según convenio, a 30 días naturales (art. 14 del convenio). No obstante, habría que analizar si en tu contrato se establece un número de días de vacaciones superior o bien en tu empresa existe un pacto colectivo que regule de manera más favorable el número de días de vacaciones.
No es relevante que trabajes 32 horas, porque a efectos de vacaciones tienes derecho a disfrutar el mismo numero de días de vacaciones que los trabajadores que prestan servicios a tiempo completo. Saludos.
Respuesta por Noelia Creador :
Madrid
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