Pregunta de Miguel ángel sobre Herencias en Madrid
Respuestas de abogados especializados
Buenos días,
Lo primero que tiene que hacer es enviar a su hermana un burofax con acuse de recibo y copia certificada, solicitando la información y documentación de todos los bienes y derechos de su madre a fecha de fallecimiento, así como del certificado de defunción.
No indica si su madre otorgó o no testamento, y si lo hubiera otorgado si lo hizo en España o en Alemania. La normativa europea en materia de sucesiones se modificó a partir del 17 de agosto de 2015 y a la sucesión de un ciudadano español que fallece en Alemania sin otorgar testamento se le aplicará la ley alemana, sobre la base de su residencia habitual en el momento del fallecimiento. No obstante, el ciudadano español que otorgue testamento en Alemania puede elegir que, llegado el momento, a su sucesión se le aplique el derecho correspondiente a su nacionalidad en lugar del correspondiente a su residencia habitual. La opción deberá realizarse de manera explícita en el testamento. Si su madre hubiera otorgado testamento antes del 17 de agosto de 2015, el testamento es válido y se le aplicará la normativa española en materia de sucesiones que tiene diferencias respecto de la normativa alemana.
Saludos cordiales.
F-C ABOGADOS
Madrid
Buenas tardes,
Lo primero que debe hacer es requerir a su hermana fehacientemente (mediante carta certificada europea) en orden a que le haga entre inmediata de una copia de toda la documentación relativa a los bienes que formen parte del patrimonio de su difunta madre, así como de las cuentas corrientes.
En el supuesto de que en un plazo prudencial su hermana no respondiese a la solicitud, deberá incoar las acciones judiciales a los efectos de división judicial de la herencia causada por su madre.
Un cordial saludo.
Abogados especialistas en Herencias
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