Pregunta de Carlota sobre Fiscal
Respuestas de abogados especializados
Buenas tardes. En la web de la Agencia Tributaria ya se ha habilitado un procedimiento muy sencillo para solicitar las devoluciones de lo tributado con motivo de las prestaciones de maternidad/paternidad percibidas en los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017. Únicamente se necesita un certificado digital del interesado/a (o tener la declaración de renta del ejercicio en cuestión a mano, para informar del importe de unas casillas concretas, a modo de medida de seguridad), y el nº de cuenta bancaria al que se solicita que se realice la devolución.
Saludos.-
www.febrerasesores.com
Castellón
Buenas tardes:
En el día de hoy la Agencia Tributaria ha emitido una nota donde informa que se establecerá un formulario predeterminado al efecto.
Saludos,
Laura Saez
Santa Cruz de Tenerife
Buenos días Carlota,
Hay que presentar en la Agencia Tributaria una solicitud de rectificación de tu declaración de la renta del año en el que tributaste por la prestación de maternidad. Solicitaremos la devolución de los ingresos indebidos más los intereses de demora que por ley te correspondan hasta el momento en que se acuerde al devolución. Pueden devolverte hasta 2.500€, por lo que lo primero que podemos hacerte es el estudio gratuito del caso, te pediremos toda la documentación que necesitemos para revisar tu situación y en caso de ser viable, podemos pasarte un presupuesto ajustado a la devolución que te puedan realizar. Quedo a la espera de que nos contacte. Un abrazo y buen día,
¡Hola! Para solicitar la devolución se debe presentar una solicitud de rectificación de autoliquidación de la renta del año en que se cobró la prestación por maternidad.
Nosotros podemos gestionarlo.
Contacte sin compromiso.
Saludos!
Maria Planas
Abogado Eliminado
Barcelona
Buenos días.
En principio, hay que presentar una solicitud de rectificación de la autoliquidación del ejercicio correspondiente y devolución de ingresos indebidos más intereses de demora. Salvo supuestos de interrupción de la prescripción, los ejercicios no prescritos son 2014 y siguientes.
Si tiene cualquier duda, no dude en contactar con el Despacho. Saludos.
F-C ABOGADOS
Madrid
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