Pregunta de Stephanie sobre Consumidores y usuarios en Baleares

Buenas tardes, una boda de Alemanes estaba planeado por el 06/06/2020 en un restaurante en Ibiza. Para asegurar la fecha la pareja pagaba en 2019 un depÓsito de 2000 euros. Por el estado de alarma la boda no podia tener lugar. El restaurante no queria devolver el deposito y ha ofrecido cambiar la boda a una fecha en octubre. Pero la pareja no puede en esta fecha y quieran cambiar la fecha al año que viene en mayo. El restaurante quiere cobrar otros 1000 euros como depÓsito para asegurar la fecha en mayo 2021. Eso es legal? Ademas han enviado nuevas condiciones por el mal del cliente. Los condiciones del pago y cancelacion han cambiado. Eso es legal? Gracias por su respuesta.

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Respuestas de abogados especializados

La cancelación de una boda prevista durante las restricciones sanitarias puede afectar al contrato de celebración y a la reserva entregada. En términos generales, si el servicio no pudo prestarse en la fecha pactada por causas ajenas a las partes, procede analizar si corresponde devolver el importe, mantenerlo como crédito para una nueva fecha o negociar una solución alternativa razonable. Que el restaurante ofrezca octubre no obliga necesariamente a aceptarlo si esa fecha no resulta viable para la pareja.

El restaurante no debería imponer unilateralmente una nueva fecha, exigir un depósito adicional o modificar las condiciones de pago y cancelación sin que exista un acuerdo expreso de ambas partes. Ese pago adicional podría depender de lo que dijera el contrato inicial sobre aplazamientos, precios, reservas y cancelaciones, así como de si se trata de una simple señal o de arras con un régimen específico. También es importante revisar si las nuevas condiciones se comunicaron antes de contratar y si generan un desequilibrio para los consumidores.

Conviene conservar el contrato, justificantes de pago, correos y las nuevas condiciones remitidas, y consultar con un abogado para revisar toda la documentación.

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