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Deuda solidaria: qué es, cómo funciona y cuándo se aplica según el Código Civil
La deuda solidaria es una figura jurídica clave en el derecho civil español. Se caracteriza por la presencia de varios deudores o varios acreedores en una misma obligación, y por la posibilidad de reclamar el cumplimiento íntegro a cualquiera de ellos. Su regulación se encuentra en los artículos 1137 y siguientes del Código Civil.
A continuación te explicamos de forma clara qué es, cuándo existe solidaridad y cuáles son sus principales efectos legales.
¿Qué es una deuda solidaria?
Una deuda solidaria existe cuando:
- Hay varios deudores y el acreedor puede exigir a cualquiera de ellos el pago total de la obligación.
- Hay varios acreedores y cualquiera puede exigir al deudor el cumplimiento completo.
A diferencia de las obligaciones mancomunadas, en las solidarias cada obligado responde por el todo, no solo por su parte.
¿Cuándo es solidaria una deuda?
Según el artículo 1137 del Código Civil, la solidaridad nunca se presume. Para que exista, debe establecerse expresamente en el contrato o estar impuesta por ley.
Si no se pacta la solidaridad, la deuda será mancomunada, dividiéndose en tantas partes como deudores o acreedores existan.
Ejemplos de solidaridad legal
La solidaridad no solo depende de un contrato; también puede venir impuesta por normas específicas, como en:
- Responsabilidad por daños extracontractuales: cuando varias personas causan conjuntamente un daño y no puede individualizarse su parte de culpa.
- Construcción y edificación: promotores, constructores o arquitectos responden solidariamente por defectos de obra.
- Deudas hereditarias: los coherederos que aceptan la herencia pura y simplemente responden solidariamente de las deudas del fallecido.
Asimismo, muchos préstamos con varios titulares se constituyen como deudas solidarias por pacto contractual.
Características principales de las deudas solidarias
La regulación del Código Civil establece las siguientes notas esenciales:
1. No hace falta que todos los obligados tengan la misma causa o condiciones
Puede existir solidaridad aunque existan diferencias en plazos o condiciones entre acreedores o deudores.
2. El acreedor puede reclamar a uno, varios o todos
Tiene la facultad de exigir la totalidad de la deuda a cualquier deudor solidario y continuar reclamando a los demás hasta cobrar íntegramente.
3. El pago por uno libera a todos
Si uno de los deudores paga la totalidad, la obligación se extingue. Después podrá reclamar a sus codeudores su parte proporcional.
4. La insolvencia de un deudor se reparte
Si un codeudor es insolvente, los demás deben asumir su parte a prorrata.
5. Los acreedores solidarios no pueden perjudicar a los demás
Un acreedor solidario puede realizar actos que beneficien al resto, pero nunca aquellos que les perjudiquen.
6. Extinción de la obligación
La obligación se extingue si la prestación deviene imposible sin culpa de los deudores. Si existe culpa de cualquiera de ellos, todos responderán frente al acreedor, con derecho de regreso contra el culpable.
7. Excepciones oponibles por el deudor
El deudor solidario puede alegar excepciones propias y las derivadas de la naturaleza de la obligación; las personales de otros solo hasta su parte de responsabilidad.
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