Pregunta de Jose ruben sobre Civil en Murcia

Hola, tenia una deuda hipotecaria con el banco de 145.000 de una vivienda con una tasación de 240.000, y otra deuda de 27.000 de una vivienda tasada en 220.000 y el banco se la ha adjudicado ambas subiendo con los intereses de la primera a 181.000 y la segunda a 60.000, ¿es legal lo que el banco ha hecho? unificar ambas deudas para que el coste total sea superior al porcentaje base para adjudicación, y subir los intereses superiores al 100% de la deuda. Gracias

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La legalidad de una adjudicación hipotecaria depende de cómo estén configurados los préstamos y de cómo se haya tramitado cada ejecución. En principio, el banco no puede unir libremente dos deudas hipotecarias distintas para perjudicarte, salvo que existan garantías cruzadas, una obligación solidaria, pactos de vencimiento conjunto u otras cláusulas que vinculen ambos préstamos. También es importante distinguir entre la deuda inicial y la cantidad reclamada en la ejecución, que puede incorporar capital vencido, intereses ordinarios y de demora, costas y gastos, siempre que estén correctamente calculados y sean reclamables.

Que la deuda reclamada supere ampliamente el capital inicial no implica por sí solo que sea ilegal, pero sí puede justificar revisar la liquidación y las cláusulas aplicadas. Habría que comprobar las escrituras de préstamo e hipoteca, las demandas ejecutivas, los certificados de deuda, la tasación fijada para subasta, los decretos de adjudicación y si se formularon notificaciones y requerimientos correctamente. También cambia mucho la respuesta saber si eran viviendas habituales, si hubo una ejecución única o dos separadas y si existía vinculación contractual entre ambas deudas. Te conviene consultar con un abogado para revisar toda la documentación y valorar si procede impugnar actuaciones o reclamar cantidades.

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