Pregunta de Pablo sobre Fiscal en Madrid
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las entidades bancarias comunican a hacienda cualquier movimiento superior a 1.000,00 euros. Por tanto cualquier de esas transferencias pueden ser conocidas por la AEAT. En cuanto a la justificación, la inspección de hacienda, en un momento dado, puede pedir justificación DE TODOS los movimientos de una cuenta bancaria, cualquiera que sea su cuantía, sin límites ni topes, ni por arriba ni por abajo. En suma, todo el movimiento de entrada y salida de dinero de una cuenta bancaria debe de estar justificado.
Saludos
A.Martínez
Buenas tardes Pablo
Que haga usted transferencias no es el problema siempre que las pueda justificar. Lo que le importa a la AEAT es el beneficio que saca usted de todo eso. Si invirtiendo 3000€ el cliente recibe 3200€ la tributación de los beneficios le compete a el pero el fruto de su actividad le compete a usted, es decir usted tributaria por lo que recibe usted y en el caso de no recibir por lo que debía haberlo hecho por el trabajo realizado.
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
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