Pregunta de Pablo sobre Fiscal en Madrid
Hola qué tal. Estoy invirtiendo en bolsa dinero de particulares. Me gustaría informarme sobre el tema tributario y de hacienda. He leído en internet que hasta 10.000EUR, uno puede hacer transferencias sin tener que justificárselo a la agencia tributaria. Si alguien me transfiere a mi cuenta de gestión 3.000 EUR, y el mes que viene le realizo yo a esta persona una transferencia de 3.200 EUR, (el capital + los beneficios), ¿eso hay que justificarlo? Si es así me gustaría saber cómo. Gracias.
Respuestas de abogados especializados
las entidades bancarias comunican a hacienda cualquier movimiento superior a 1.000,00 euros. Por tanto cualquier de esas transferencias pueden ser conocidas por la AEAT. En cuanto a la justificación, la inspección de hacienda, en un momento dado, puede pedir justificación DE TODOS los movimientos de una cuenta bancaria, cualquiera que sea su cuantía, sin límites ni topes, ni por arriba ni por abajo. En suma, todo el movimiento de entrada y salida de dinero de una cuenta bancaria debe de estar justificado.
Saludos
A.Martínez
Buenas tardes Pablo
Que haga usted transferencias no es el problema siempre que las pueda justificar. Lo que le importa a la AEAT es el beneficio que saca usted de todo eso. Si invirtiendo 3000€ el cliente recibe 3200€ la tributación de los beneficios le compete a el pero el fruto de su actividad le compete a usted, es decir usted tributaria por lo que recibe usted y en el caso de no recibir por lo que debía haberlo hecho por el trabajo realizado.
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
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