Pregunta de Jorge sobre Penal en Madrid
Respuestas de abogados especializados
Buenos días Jorge:
En cuanto al agua no se especifica nada en la ley de cuanta se puede beber o no. Si que es cierto, que en el momento de hacer la prueba los agentes no saben lo que esta usted ingiriendo por lo que si que pueden evitar que se consuma algo desconocido en aras de que la prueba sea lo más verídica posible. No creo que tenga ninguna razón para recurrir por ahí.
Por otro lado, en el caso de que quiera recurrir yo solicitaría la información de homologación del aparato utilizado ya que en más de una ocasión esos aparatos no pasan las homologaciones periódicas correspondientes y eso si que es motivo para anular la multa. Pero en el caso de que usted recurra y lo pierda perdería el beneficio de pagar la mitad por pronto pago.
Es mi deber advertirle que en mi experiencia en estos casos no son muchas las multas que se anulan por estos motivos ya que aunque no se repeten muchas veces todo los preceptos si se respeta lo mínimo por los agentes para hacer que la multa prospere.
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Penal
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