Pregunta de Miguel sobre Laboral en Madrid
Mi idea es no volver a la empresa, puesto que no es la primera jugarreta que me hacen y prefiero cambiar de aires, eso si, con el dinero que me corresponda.
Un saludo
Respuestas de abogados especializados
Efectivamente, la realidad es que, según el Real Decreto-Ley 9/2020, los despidos no pueden basarse en causas económicas, siempre y cuando tengan su origen en el coronavirus. Es cierto que en su carta de despido no hacen alusión alguna al Covid-19, no obstante, es probable que si recurre a los tribunales el juez le conceda la calificación de despido improcedente (no así la nulidad), en cuanto que dicho despido pudo haberse producido con anterioridad al 25 de mayo si la causa real del mismo es la disminución de ingresos desde 2018.
Si lo desea, puede consultar la página www.juridicovid19.com donde se resuelve esta y otras cuestiones similares.
Un cordial saludo.
Buenos días, el despido por causas objetivas, tiene que estar siempre claramente fundamentado para que el mismo se efectivo. Ahora bien si Ud. ya nos dice que efectivamente la Empresa ya en el año 2018 estaba mal, no va a tener "nada" dificil la Empesa en caso que lleguen a Juicio demostrar la PROCEDENCIA DEL DESPIDO, aunque en este caso, lo que corresponderia hacer seria una resolución de contrato.
En esta caso, el Covid-19, le beneficiara a la Empresa, pues si antes de este suceso, ya estaba mal, ahora lo estara peor.
Por tanto a Ud le corresponderian 20 dias de salario por año trabajado, con un maximo de 12 mensualidades al amparo del articulo 52 del Estatuto de los Trabajadores. Lo importante es que la Empresa le ponga a su disposición el finiquito y puedan en su caso negocias, pero como le comento, el despido en ningún momento se lo va a calificar un Juez, ni como Nulo ni Improcedente. Saludos.
Carlos J Iglesias - Abogado - Tef. 616391708 - Correo: cjaime.iglesias@icam.es
Buenos días,
Antes de nada aclarar que no se ha "prohibido" el despido, por desgracia, simplemente se ha encarecido (puesto que en todo caso sería improcedente y no nulo). Además, tu caso parece uno de los excluidos, al derivar de una mala situación que se viene arrastrando en el tiempo. Eso sí, habría que revisar el asunto de forma concreta: redacción de carta y sus motivos, entrega de indemnización con su notificación, comprobar si se ha amortizado el puesto realmente, etc. Un despido objetivo no es una cuestión que se pueda plantear alegremente, con lo que si la empresa lo ha planteado mal, nos encontraríamos ante un despido improcedente.
Sería interesante confirmar viabilidad por todos estos motivos (formales y materiales) y plantearse adoptar medidas, de cara a llegar a alguna clase de acuerdo más ventajoso que los 20 días por año.
Saludos,
Abogados especialistas en Laboral
Preguntas relacionadas
- Hola buenas tardes, Estoy inscrito en una bolsa de trabajo donde me llaman para trabajos eventuales, por temporada. Estuve trabajando en Semana Santa y verano. En julio el coordinador me ha calificado con bajo rendimiento impidiéndome trabajar en agosto y septiembre. Cuando fui a reclamar la calificación al coordinador de la bolsa de trabajo, me eliminó de la misma y ahora no tengo acceso a ella ni a ningún trabajo. ¿qué puedo hacer? gracias
- Hola tengo un bebé de 4 meses, una niña de 8 y un niño de 12. Quiero pedir una hora de reducción de jornada de lunes a viernes al trabajar yo con un contrato de 40 horas semanales. Llevo con la empresa 9 años y nunca pedí nada porque nunca lo necesité pero al cambiarle a mi marido de turno y trabajar sábado no me queda más que pedirlo. ¿Pueden denegármelo ? ¿Es necesario abogado? Gracias
- Hola, Me quedó una deuda pendiente con la seguridad social de cuando era autónomo. Han pasado unos 15 años y no he recibido estos años notificación alguna ¿cómo puedo saber si esta prescrita la deuda? Un saludo.
- Hola, inspección de trabajo ha sancionado a la sociedad de la que soy autónomo. La sanción es de 30.000 euros. Voy a cerrar el establecimiento y no voy a pagar la deuda porque no puedo. ¿Si hago esto, me podrán derivar responsabilidad como administrador? Gracias.
- Hola, . Tengo un problema con una empleada del hogar. Cuál es la normativa que regula las infracciones y sanciones de empleadas del hogar cuando no disponen de papeles en regla? Y cuáles son las sanciones máximas por tenerla ilegal? Gracias