Pregunta de Ares sobre Laboral en Baleares
Buenas tardes,
Querría hacerle la siguiente consulta.
La empresa donde trabajo lanzó un ERTE el pasado 14 de marzo. Nosotros, los trabajadores de Baleares, no hemos recibido aún la prestación. Llamamos al SEPE y se nos dice que no tienen aún los datos. Tras varios intentos, finalmente, el SEPE se pone en contacto con uno de nosotros para decirnos que los datos fueron dados mal por parte de la empresa y que se habían puesto en contacto con la empresa vía email hasta en 24 ocasiones sin recibir respuesta y el reenvío, por tanto, del documento Excel con los datos correctos. Al comunicárselo a la empresa, admiten haber cometido un error de carácter tipográfico con Baleares. La pregunta es si podemos hacer responsable a la empresa de que a día 8 estemos in haber cobrado nada siendo padres y teniendo gastos de alquiler, comida, luz y agua.
Gracias de antemano
un cordial saludo.
Querría hacerle la siguiente consulta.
La empresa donde trabajo lanzó un ERTE el pasado 14 de marzo. Nosotros, los trabajadores de Baleares, no hemos recibido aún la prestación. Llamamos al SEPE y se nos dice que no tienen aún los datos. Tras varios intentos, finalmente, el SEPE se pone en contacto con uno de nosotros para decirnos que los datos fueron dados mal por parte de la empresa y que se habían puesto en contacto con la empresa vía email hasta en 24 ocasiones sin recibir respuesta y el reenvío, por tanto, del documento Excel con los datos correctos. Al comunicárselo a la empresa, admiten haber cometido un error de carácter tipográfico con Baleares. La pregunta es si podemos hacer responsable a la empresa de que a día 8 estemos in haber cobrado nada siendo padres y teniendo gastos de alquiler, comida, luz y agua.
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Buenos días, si se concede el ERTE por fuerza mayor, se va a retrotraer a la fecha en que por causa del COVID tuvo que cesar la actividad de la empresa.
Mientras no se haya reconocido el ERTE la empresa debe abonar los salarios. Por lo tanto, si por causas imputables a la empresa la prestación de desempleo se devenga más tarde, la empresa durante el tiempo que no sea reconocido el paro deberá abonar el salario. En caso de no hacerlo debe procederse a su reclamación.
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Respuesta por Ares Creador :
¿Aún estando el ERTE aprobado por el SEPE (silencio administrativo) pero no tramitado?
Baleares
Abogados especialistas en Laboral
Alfredo Villaverde Sánchez-Lafuente
Civil | Laboral | Inmobiliario | Familia | Ley segunda oportunidad
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19 respuestas
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