Pregunta de Jose manuel sobre Familia en Badajoz

Duda sobre gastos compartidos en convenio regulador. En gastos extraordinarios se indica que serán aquellos que generen el cuidado y educación del menor y serán abonados por mitad entre ambos progenitores. Mi duda es, ¿en ese caso se deben pagar los libros del colegio, uniforme etc al 50% o estarían incluidos en la pensión de alimentos? Gracias
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Buenos días Jose Manuel:

Dependerá de como quede reflejado en el convenio regulador o Sentencia de divorcio contencioso. Si no hace mención alguna a los libros de texto, uniforme o cualquier otro material necesario para el comienzo de curso, se debe considerar como gasto ordinario y haber sido previsto a la hora de fijar la pensión de alimentos.
Este criterio que fue marcado por el Tribunal Supremo y seguido por casi prácticamente todas las audiencias provinciales queda también establecido que salvo pacto en contrario. Es decir, si ustedes en el convenio regulador decidieron que los gastos escolares fueran extraordinarios deberán considerarse como tal y pagarse al 50%.

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