Pregunta de Manuel sobre Herencias en Tarragona

Buenos días, tengo una consulta, mis abuelos tenían un olivar en Jaén, al morir ellos pasó a mi madre y sus 3 hermanos, al morir mi madre su parte de repartió entre mis 2 hermanas y yo al 33.3%hasta la última tía que hace un año y medio que falleció y dejó su parte al 50% entre mis 2 hermanas, en eso no hay problema por aceptar ese testamento, porque ahora mis 2 hermanas quieren agenciarse de toda la finca sin respetar mis porcentajes y se han aliado en mi contra, me han enviado varios burofax denunciando a los antiguos cuidadores de la finca y contratando a unos nuevos sin consultar, no queriendo subdividir en las partes pertinentes para cada uno dentro de la misma finca y que cada uno gestione su trozo, la herencia se encuentra todavía a nombre de mis abuelos y no se como actuar al respecto, un saludo y gracias
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Buenos dias Manuel

Su problema se encuadra dentro de las comunidades de bienes y es bastante comun en situaciones como la suya.

En primer lugar, los derechos que se adquieren por via testamentaria se formalizan en la aceptación de herencia, una vez que se realiza cada uno es propietario del porcentaje que le corresponde segun la herencia.
En segundo lugar, una vez realizadas la formalización de la herencia y liquidado el impuesto correspondiente ya se puedne registrar en el Registro de la Propiedad los deechos adquiridos, lo digo porque según lo que pone esto no se ha debido hacer.

En tercer lugar, una vez realizado esto ya existen los nuevos porcentajes de propiedad y desde aquí ya podemos comenzar a trabajar.
El comportamiento de sus hermanas se encuentra encuadrado dentro de lo que denomina el Código Civil derecho de los comuneros en los artículos 392 y ss
Sus hermanas si superan el 50% de la propiedad pueden acordar los derechos de administración (alquiler, distribución...)

En cuarto lugar, usted plantea por su parte lo que se denomina "división de la cosa común" el código civil tambien establece que NADIE esta obligado a permanecer dentro de una comunidad de bienes y puede solicitar su disolución y división. No obstante, hay que observar dos cosas: si se puede dividir o es indivisible.
Si es divisible se divide según el pocentaje de propiedad, pero si es indivisible se venderia y se repartiria el dinero en virtud de la propeidad de cada uno.
Le aconsejo que solicite a un abogado especializado en Tarragona. Cualquier consulta o aclaración no dude en hacermela

Un saludo

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Borja Adrados Urreiztieta

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Burgos

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