Pregunta de Manuel sobre Herencias en Tarragona
Respuestas de abogados especializados
Buenos dias Manuel
Su problema se encuadra dentro de las comunidades de bienes y es bastante comun en situaciones como la suya.
En primer lugar, los derechos que se adquieren por via testamentaria se formalizan en la aceptación de herencia, una vez que se realiza cada uno es propietario del porcentaje que le corresponde segun la herencia.
En segundo lugar, una vez realizadas la formalización de la herencia y liquidado el impuesto correspondiente ya se puedne registrar en el Registro de la Propiedad los deechos adquiridos, lo digo porque según lo que pone esto no se ha debido hacer.
En tercer lugar, una vez realizado esto ya existen los nuevos porcentajes de propiedad y desde aquí ya podemos comenzar a trabajar.
El comportamiento de sus hermanas se encuentra encuadrado dentro de lo que denomina el Código Civil derecho de los comuneros en los artículos 392 y ss
Sus hermanas si superan el 50% de la propiedad pueden acordar los derechos de administración (alquiler, distribución...)
En cuarto lugar, usted plantea por su parte lo que se denomina "división de la cosa común" el código civil tambien establece que NADIE esta obligado a permanecer dentro de una comunidad de bienes y puede solicitar su disolución y división. No obstante, hay que observar dos cosas: si se puede dividir o es indivisible.
Si es divisible se divide según el pocentaje de propiedad, pero si es indivisible se venderia y se repartiria el dinero en virtud de la propeidad de cada uno.
Le aconsejo que solicite a un abogado especializado en Tarragona. Cualquier consulta o aclaración no dude en hacermela
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Herencias
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