Pregunta de César sobre Herencias en A Coruña
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Buenos dias Cesar
No se si lo he entendido bien, pero voy a intentar solucionarle la pregunta. Hay varias maneras de transmitir un bien a otra persona (compraventa, herencia, donación..) Creo que en su caso sería aplicable la herencia o donación.
Si usted es heredero de un bien ( ya sea porque ya es propietario o porque lo sera por ser legitimo heredero o por otro motivo) si usted quiere que herede una institución de caridad, lo tiene que dejar reflejado en su testamento. Esto provoca que cuando usted muera y se abra el testamento se llame a los responsables de dicha institución para que acepten o no su herencia. Con esto y si lo acepta seria un heredero suyo como cualquier otro ( legitimos herederos, familiares..) y se encargarian de todo como notario, registro, impuestos.
La donación se puede hacer en vida. Consistiria en transmitir un bien a otro ( caridad o no) . Los gastos y obligaciones lo asumiria el donado.
Si tiene cualquier duda más o no lo he entendido bien, no dude en decirlo.
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Herencias
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