Pregunta de Ana sobre Civil en Huelva
Buenas tardes, soy propietaria de un bar en un pueblo de la provincia de Huelva. Me gustaría saber hasta qué punto tengo responsabilidad de los actos de mis clientes fuera de mi local. Tengo una casa frente al bar que lleva sin habitar unos 3 años, en los que no se le ha hecho por fuera ningún tipo de mantenimiento. Mis clientes cuando salen a fumar a la calle a veces se apoyan en la casa, poniendo los pies en la pared y las bebidas en las ventanas. Desde mi bar, en la medida de lo posible porque no puedo estar como un guardia civil, intento que no lo hagan, retiro las bebidas de las ventanas, limpio los ventanas y las aceras. Hoy ha venido la sobrina de la dueña de la casa a comunicarme que van a ver que se puede hacer con este problema, y me ha dado a entender que me van a pedir explicaciones. Me gustaria saber legalmente que tipo de responsabilidades me pueden pedir a mi. Gracias
Respuestas de abogados especializados
En general, no respondes automáticamente de cualquier conducta que realicen tus clientes en la vía pública una vez fuera del local. Para que pudieran exigirte responsabilidad, normalmente tendrían que acreditar daños concretos en la vivienda y una relación entre esos daños y una falta de diligencia atribuible al establecimiento, por ejemplo, si se tolerasen de forma habitual conductas claramente perjudiciales o si existieran incumplimientos de las condiciones de la terraza, ocupación de vía pública o limpieza que te correspondan.
Que estés retirando bebidas, limpiando la zona y llamando la atención a quienes se apoyan en la fachada puede servir para demostrar una actuación razonable de prevención, aunque no estás obligada a controlar permanentemente a cada persona. La respuesta puede variar según existan desperfectos reales, fotografías, quejas previas, autorización de terraza, ordenanzas municipales aplicables y si las personas causantes pueden identificarse. También importa el estado previo de conservación del inmueble, pues no todo deterioro podrá imputarse a quienes frecuentan el bar.
Conviene que conserves registros de limpieza, comunicaciones y, si es posible, imágenes del estado de la fachada. Consulta con un abogado para revisar la documentación y las circunstancias concretas.
Equipo LexGoApp
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