Pregunta de Manuela sobre Laboral en Granada
Respuestas de abogados especializados
Buenos dias Manuela
Por su relato me imagino que se encuentra usted en incapacidad temporal. Ese tipo de baja tiene una duración de 365 dias con posible amplación por 6 meses más e incluso otros 6 meses más para convertirse en incapacidad permanente.
Una vez llegados a los 365 dias tiene que pasar el tribunal medico y la Seguridad Social decidirá:
- si usted debe manetenerse 6 meses más en la misma situación por si mejora.
- Si usted se encuentra ya curada y le dan el alta
- O si ya no puede trabajar y comienzan los tramites para la incapacidad permenente.
Normalmente son la opción a o b. En el caso de que sea la b, pongase de inmediato en contacto con un abogado para que tramite la impugnación.
Usted no tiene que hacer nada, le iran informando via correo postal
Un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Laboral
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