Pregunta de Kautar sobre Extranjería en Almería

Un padre quiere tramitar la nacionalidad española por residencia por la vía telemática a su hija mayor de 14 pero menor de 18. Tiene duda sobre la documentación que hay que digitalizar, concretamente sobre el pasaporte, el documento de identidad y las partidas de nacimiento, ¿ Tiene que digitalizar la partida de nacimiento, el pasaporte y el documento de identidad de los tres o solo las del interesado? Es decir, ¿ Los de la madre, del padre y del interesado o sólo los del interesado? gracias

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En los expedientes de nacionalidad por residencia, la documentación principal que debe aportarse es la correspondiente a la persona solicitante: su pasaporte completo, documento de identidad extranjero si dispone de él y certificado de nacimiento. Al tratarse de una menor de edad mayor de catorce años, también es habitual que deban acreditarse la representación legal y la intervención de quienes ejercen la patria potestad. Por ello, normalmente se digitalizan igualmente los documentos identificativos de los progenitores o representantes que firman o presentan la solicitud, así como los documentos que permitan acreditar la filiación y, si procede, la guarda o custodia.

No siempre será necesario adjuntar la partida de nacimiento de ambos progenitores; dependerá de si la filiación queda suficientemente acreditada con el certificado de nacimiento de la interesada y de cómo se formalice la solicitud. La necesidad de documentación adicional puede variar si los padres están separados, existe custodia exclusiva, uno no puede consentir, hay representación mediante autorización o los documentos extranjeros requieren legalización o traducción jurada. Conviene consultar con un abogado de extranjería para revisar la documentación antes de presentarla telemáticamente.

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