Pregunta de Manuela sobre Bancario en Zaragoza
GRACIAS
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Buenos días:
Como complemento a lo que indica el compañero, que efectivamente, es lo que procede en una situación ordinaria, creo que es necesario añadir algún matiz dada la situación de estado de alarma en la que nos encontramos, y las medidas normativas que han sido tomadas por el Gobierno. En concreto, si eres titular de un préstamo no hipotecario, y te encuentras en situación de vulnerabilidad económica, tienes derecho a solicitar una suspensión temporal del contrato ( RDL 11/2020).
¿Qué es la situación de vulnerabilidad económica?
1) estar en desempleo, acogido a un ERTE, o tener cualquier tipo de reducción sustancial de ingresos siempre que los ingresos de tu unidad familiar no superen los 1.645,80 € mensuales (con alguna diferencia en caso de hijos/as, mayores o dependientes a cargo o en caso de discapacidad)
2) Que la cuota de tu hipoteca o alquiler más los gastos y suministros básicos más la cuota del préstamo que indicas resulte igual o superior al 35 % de los ingresos de la unidad familiar (salvo que te encuentres acogido previamente a la moratoria hipotecaria o de alquiler, en cuyo caso la cuota hipotecaria o de alquiler no se contará a estos efectos)
3) Que la situación de emergencia sanitaria haya alterado significativamente las circunstancias económicas de tu unidad familiar (aumento carga hipotecaria, caída sustancial de las ventas).
¿Cómo solicitarlo y qué documentación necesitas?
La moratoria ha de solicitarse por escrito al acreedor, acompañando la siguiente documentación:
- Certificado del SEPE (solicitud online) donde figure la cuantía mensual percibida por desempleo, en su caso.
- Libro de familia o acreditación de pareja de hecho, certificado de empadronamiento en fecha actual y referente a los 6 meses anteriores de las personas residentes en la vivienda, y en su caso, declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad permanente.
- Nota Simple del Registro de la Propiedad de todos los integrantes de la unidad familiar.
- Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos.
En caso de que cumplas los requisitos, la entidad acreedora deberá proceder automáticamente a la suspensión del contrato, que tendrá como efecto la suspensión de las cuotas de los próximos 3 meses sin intereses. Puedes pedir la suspensión de cuotas al menos un mes después de la finalización del estado de alarma.
Si tienes alguna duda añadida, puedes contactar conmigo en los siguientes datos:
Gonzalo Ayo Jiménez
690396819
gonzaloayoabogado@icasv-bilbao.com
www.gonzaloayoabogado.com
Vizcaya
Ser avalista de un préstamo supone la obligación de responder ante el incumplimiento del obligado principal.
Manuela, en su caso la financiera le empezará a llamar y si la situación de impago se prolonga en los sucesivos meses la financiera puede dar por vencido el préstamo reclamando judicialmente el pago a usted y al avalista además de solicitarle la entrega del vehículo. Si su situación es de insolvencia puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Si tiene problemas económicos de insolvencia, le podemos ayudar.
Barcelona
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