Pregunta de María sobre Penal en Madrid
Respuestas de abogados especializados
Buenas tardes, el juicio solo se puede celebrar sin su presencia cuando la pena solicitada no exceda de 2 años de prisión, en caso contrario si es necesaria su presencia. En este caso le han debido asignar un abogado de oficio puede ud llamar al juzgado y que le informen si tiene abogado de oficio y comunicar su imposibilidad de asistir. Y si Ud lo desea puede contactarme y puedo encargarme de su defensa. Un saludo
Buenos días María.
En primer lugar, debería comunicarlo al juzgado de manera inmediata aunque no tenga defensa. Si ya han fijado fecha significa que han acabado la instrucción, han abierto juicio oral y ya hay escrito de calificación y defensa, por lo que le habran designado abogado del turno de oficio (si llama al colegio de abogados le diran quien es) .
Si la pena solicitada es alta no van a poder celebrar sin usted por lo que se suspenderá y se la pondrá usted en busca y captura.
Pida un aplazamiento hasta que pueda volver.
un saludo
Borja Adrados Urreiztieta
Burgos
Abogados especialistas en Penal
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