Pregunta de Ronny sobre Extranjería en Madrid
si buenas tardes, tengo una duda con respecto a mi residencia, he estado en España desde hace 6 años legalmente, los 3 primeros como estudiantes los dos últimos años con residencia de familiar de personal altamente cualificado y siendo autónomo desde hace 3 años me han concedido hace 15 días la residencia inicial como trabajador por cuenta propia, actualmente tengo una oferta para trabajar por cuenta ajjena y quisiera saber si puedo realizar las dos actividades
Respuestas de abogados especializados
La compatibilidad entre un trabajo por cuenta propia y otro por cuenta ajena depende, ante todo, de lo que figure exactamente en la resolución y en tu tarjeta de residencia. La normativa actual tiende a permitir que las autorizaciones de residencia y trabajo habiliten para desarrollar ambas actividades, siempre que mantengas las condiciones exigidas para cada una y cumplas con tus obligaciones laborales, fiscales y de Seguridad Social. No obstante, una autorización inicial concedida recientemente puede incluir observaciones o limitaciones que conviene comprobar antes de empezar a trabajar para una empresa.
También es importante saber si la oferta es a jornada completa o parcial, la duración y condiciones del contrato, tu actividad autónoma concreta y si la autorización se resolvió conforme al régimen actualmente vigente. Estos datos pueden afectar a la necesidad de realizar alguna comunicación o trámite previo, así como a la forma de cotizar. No deberías iniciar la relación laboral sin verificar que tu autorización lo permite expresamente o que puedes compatibilizar ambas actividades sin modificación.
Te conviene consultar con un abogado de extranjería para revisar la resolución de concesión, tu TIE y la oferta o contrato de trabajo antes de aceptar el empleo.
Equipo LexGoApp
Abogados especialistas en Extranjería
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