Pregunta de Fernando sobre Civil en Asturias
se puede embargar la pensión mínima? Gracias
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Buenas tardes,
La Ley General de la Seguridad Social indica que solo se puede embargar un sueldo, salario, pensión o retribución que supere el Salario Mínimo Interprofesional. Así mismo el Salario Mínimo Interprofesional de 2021 es de 950 euros al mes en 14 pagas, de modo que será embargable toda cuantía que supere dicha cantidad. Generalmente la pensión mínima no supera dicho importe.
Un saludo.
Ejiure Abogados
Madrid
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