Pregunta de Borja sobre Familia en Madrid

Mi expareja y yo nos hemos separado.
En 2016 compramos un coche de 14000€. mi pareja dio entrada de 6000 y el resto lo financiamos pidiendo ella un préstamo que pagamos desde la cuenta común y en la cual ingresábamos el mismo dinero.
Como ella dio entrada, los 2 primeros años yo pagué el seguro íntegramente para sufragar un poco ladiferencia aportada. El resto de años, impuestos, averías y seguros se pagó con la cuenta en común.
Al separarnos, mi pareja quiere el coche. Hemos tasado el coche, y como ella puso 6000+4000(8000 financiado/2), y yo 4000€ (y los primeros seguros que acordamos que se realizaban así por la entrada). Aproximadamente ella ha pagado un 70% del coche y yo un 30%
Yo por tanto, le solicito ese 30% del valor actual de tasación, pero se niega a pagarme nada porque el coche está sólo a su nombre y no tiene por qué darme nada.
¿Legalmente puedo reclamarle esa parte?

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Respuestas de abogados especializados

Que el vehículo figure solo a nombre de tu expareja es un elemento relevante, pero no siempre determina por sí solo quién tiene derecho económico sobre él. Si puedes acreditar que ambos contribuisteis a su adquisición y mantenimiento con fondos comunes o aportaciones equivalentes, podría discutirse que existe una copropiedad de hecho o, al menos, un crédito a tu favor por las cantidades aportadas. La documentación bancaria, el contrato de financiación, los recibos de seguro, impuestos, reparaciones y los mensajes donde acordasteis cómo repartir los gastos pueden ser importantes.

La respuesta cambia según estuvierais casados o no, el régimen económico matrimonial aplicable si lo estabais, quién figura como prestatario, de quién era la cuenta común y si hubo un acuerdo claro sobre la titularidad del coche. También habrá que diferenciar las aportaciones destinadas a comprarlo de los gastos ordinarios de uso y conservación, que no siempre generan el mismo derecho de reembolso.

En general, podrías plantear una reclamación económica si acreditas tu aportación, aunque el porcentaje no tiene por qué coincidir automáticamente con el que indicas sobre la tasación actual. Conviene que consultes con un abogado para revisar toda la documentación y valorar la vía adecuada.

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