Pregunta de Fructuoso sobre Herencias en Madrid

Hola, Mis abuelos estando en proceso de compra de vivienda del IVIMA, fallece mi abuelo sin haber hecho testamento cuando se adquiere la vivienda vive mi abuela y el piso se pone a su nombre.
Mis abuelos tiene 2 hijos, uno mi padre que fallece, la otra hija vive
Mi abuela dueña del piso fallece pero antes de morir dona el piso a mi tía la hermana de mi padre.
Mi tía tiene puesto el piso en el registro de la propiedad a su nombre con una participación del 100,00 del pleno dominio adquirida por donación en virtud de escritura pública y lo tiene en venta por la cantidad de 160.000 €
Como heredera por ser la hija de mi padre fallecido, supongo que tengo derecho a la legítima
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Respuestas de abogados especializados

Buenas tardes
Por lo que explica, lo más probable es que con la donación se hayan vulnerado sus derechos legitimarios, por lo que, salvo que llegue a un acuerdo con su tía, deberá interponer una demanda judicial contra su tía y los herederos de su abuela para reclamar la parte que le corresponde para que se respeten sus derechos legitimarios. Evidentemente habrá que ver primero el testamento de su abuela, si lo hizo, y saber si tenía más bienes y su valor.
En principio debería corresponderle un mínimo de la sexta parte de los bienes de su abuela, que podría ser más en función de varios factores.
Le aconsejo que no firme ninguna aceptación de herencia (ni mucho menos renuncia) sin consultar a un abogado, para evitar que le perjudique y que, antes de ir a verlo, pida el certificado de actos de última voluntad de su abuela y, si aparece que otorgó algún testamento, pida una copia. Cualquier abogado especializado en herencias se lo puede obtener, pero si la consigue usted ganará tiempo.
Saludos,

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Si su abuela no hizo testamento, algo que no dice, tiene en su herencia los derechos que tenía en ella su difundo padre y a la hora de hacer las cuentas entre los coherederos se tendrá que tener en cuenta la donación que comenta si dicha donación se hizo con carácter colacionable, algo que resulta de la escritura que fue otorgada, o si dicha donación se hizo con carácter no colacionable, pero perjudica los derechos legitimarios. En todo caso, lo recomendable siempre en un caso como el suyo es que se busque el asesoramiento de un abogado que mire por sus intereses y que no firme nada sin dicho asesoramiento.

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Buenos dias Fructuoso. Con la información que ha dado necesitaría saber si su padre falleció antes que su abuela o después, si su abuela otorgó o no testamento y si había mas bienes en la herencia aparte del piso. Si lo desea podemos concertar una cita en mi despacho y verlo más tranquilamente. Quedo a la espera. Muchas Gracias

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